AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0083/2012-RCA-SL

Fecha: 16-Oct-2012

      Disponer que el Tribunal de garantías, otorgue al accionante el plazo de cuarenta y ocho horas para que subsane el requisito de forma omitido, conforme lo establecido en el art. 98 de la LTC; cumplida sea lo extrañado en tiempo oportuno ADMITA la acción de amparo constitucional, y en audiencia pública de consideración se determine lo que fuere de ley, concediendo o denegando la tutela.