Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Oct-2012
Fragmento 1
En revisión la Resolución 86/11 de 2 de diciembre de 2011, cursante de fs. 536 a 537, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Alfredo Capo Quispe contra el “Presidente del Tribunal Disciplinario Superior y Comandante General; Presidente del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de la ciudad de La Paz todos de la Policía Boliviana”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 7
- II.3.
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- ese plazo se suspende con la interposición de un recurso de amparo constitucional cuya resolución no ingresó al fondo, reiniciándose desde la notificación con la resolución o sentencia constitucional emitida
- II.6. Análisis del caso de autos
- APROBAR