Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Oct-2012
Fragmento 10
Dentro del caso en análisis, el accionante solicita que los Ministros de la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia, pronuncien un nuevo Auto Supremo “de acuerdo a Derecho”, dado que consideran que el Auto Supremo 344 (fs. 57 a 59), vulneran derechos y garantías de sus representados, en razón a que no se realizó una correcta valoración de los hechos, siendo que presentaron memorial de desistimiento, que no fue considerado por las autoridades accionadas.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud
- I.2. Derechos, garantías supuestamente vulnerados
- improcedencia
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva;
- Fragmento 8
- II.3. Sobre el principio de inmediatez de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 10
- Fragmento 11
- APROBAR