AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0089/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

I.2. Derechos, garantías supuestamente vulnerados

El accionante estima vulnerados los derechos de sus representados al trabajo, a la estabilidad laboral, a la remuneración justa, a la irrenunciabilidad, a la “seguridad jurídica”, “a la sindicalización”, a la defensa y supremacía constitucional, a las garantías de presunción de inocencia, prohibición de aplicación de sanción anticipada, a un tribunal imparcial, a la valoración objetiva de la prueba y a la igualdad, previstos por los arts. 46.I, 48.I, 49.III, 51.III y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 8.1 y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.