Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0098/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Oct-2012
II.5. Análisis del caso concreto
Al respecto, de la revisión de los antecedentes, se evidencia a fs. 1, el memorándum D.A.F. (d) 143/2010 de 12 de agosto, a través del cual se procede a su destitución por infracción al Reglamento Interno de Personal, asimismo a fs. 2 figura el certificado de defunción de la hermana de la accionante, acaecido el 11 de agosto del mismo año, casi coincidente con la destitución; de lo que, se infiere que las autoridades de la Asamblea Legislativa Plurinacional tenían conocimiento del hecho, al haber publicado el aviso necrológico que fue firmado por el Jefe del Departamento de Administración de Personal.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 2
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- “
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- , este Tribunal ha determinado que se puede abstraer su observancia, dada la naturaleza de los derechos invocados y la naturaleza de la cuestión planteada, ante la protección de la mujer gestante o hasta el año de nacido del hijo
- Fragmento 11
- II.5. Análisis del caso concreto
- los actos ilegales y las omisiones indebidas de autoridades o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona y que son reconocidos por la Constitución y las leyes
- POR TANTO