AUTO CONSTITUCIONAL 0804/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0804/2012-CA

Fecha: 10-Oct-2012

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por memorial presentado el 3 de junio de 2009, cursante de fs. 108 a 109, interpuesto por Cristina Gómez Flores, dentro del proceso de nulidad de documento privado de transferencia que se sigue en su contra, señala que fue notificada con la Resolución de 19 de mayo de igual año, emitida por la Jueza del Juzgado Primero de Instrucción en lo Civil de Santa Cruz mediante la cual rechazó la recusación del perito que ratificó un informe, además de no mencionar el plazo para interponer apelación, e indica que el art. 434 del CPC al no admitir recurso de apelación contra la recusación del perito, vulnera sus derechos a la defensa, al debido proceso y a impugnar resoluciones judiciales, previstos en los arts. 24, 115, 116 y 117 y 180 de la Norma Fundamental, que establecen que toda resolución puede ser impugnada. En consecuencia al disponer lo contrario, la norma impugnada vulnera el texto constitucional.