SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1615/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1615/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

La autoridad demandada, informó que la determinación de rebeldía, fue por la  inconcurrencia injustificada de la acusada a la audiencia conclusiva, principalmente a las inasistencias de la misma, a las audiencias convocadas, por motivos de salud y otros. La accionante, tenía la facultad de impugnación de la Resolución o en su caso apersonarse debidamente con la justificación necesaria.

En audiencia expresó que, la accionante no ofreció medio probatorio alguno, En audiencia expresó que, la accionante no ofreció medio probatorio alguno, limitándose a pedir la corrección procesal, solicitando los cinco días para ofrecer prueba; además, no se le negó sistemáticamente la defensa técnica, pese a la inasistencia a audiencias anteriores.