SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1739/2012
Fecha: 01-Oct-2012
denegó
Concluida la audiencia, el Juez Mixto de Partido y Sentencia Penal de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial -ahora departamento- de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 06/10 de 1 de diciembre de 2010, cursante a fs. 26 y vta., por la que denegó la acción de amparo constitucional, por carecer de personería el abogado “accionante”; bajo los siguientes fundamentos: a) El memorial de acción de amparo constitucional interpuesta por Mónica Alexandra Monsalve Osorio carece de firma de la accionante y el abogado que actúa en su nombre no tiene poder suficiente que lo habilite para interponer la acción; y, b) No hizo uso de los recursos que debió plantear en la audiencia conclusiva por lo que se hace innecesario ingresar el análisis de fondo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- legitimación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR