Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1739/2012
Fecha: 01-Oct-2012
II.2.
II.2. Instalada la audiencia conclusiva el 12 de noviembre de 2010, a desarrollarse en el palacio de justicia, por secretaria se informó que las partes fueron legalmente notificadas, empero los acusados no asistieron, motivo por el cual Adalberto Jiménez Morales, Juez demandado, suspendió la audiencia para el 27 de noviembre del mismo año, en el centro de rehabilitación de Palmasola (fs. 15 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- legitimación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR