SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1790/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1790/2012

Fecha: 01-Oct-2012

a)

a) Al art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP), en relación al art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE), porque no se procedió a dictar la extinción de la acción penal por transcurso del tiempo, cumplidos todos los requisitos; b) A los arts. 317, 318, 319 y 320 del CPP; por cuanto después de la recusación interpuesta los Ministros ahora demandados continuaron conociendo el proceso; c) Los arts. 416, 417 y 418 del CPP, porque su recurso de casación no ha sido tramitado y resuelto en la forma prevista por ley; y, d) El art. 124 del CPP, porque existe falta de fundamentación y motivación en la Resolución 498 de 19 de octubre de 2010.