Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1833/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.3
II.3. Recibos de alquiler en los que figuran el nombre de Edelfrida Gamez Padilla, por concepto de alquiler de un departamento en la planta baja, correspondientes a los meses de agosto de 2010, septiembre y octubre sin año, consignando el departamento de Cochabamba, y la fecha límite de la emisión del recibo de alquiler es de “01/09/2012” (sic), así como una factura del servicio local de acueductos y alcantarillado de Oruro (SELAS) en la que consigna el domicilio “Lira 711 entre psje. x y La Paz” (sic), misma que no coincide con el domicilio referido por los accionantes (fs. 22 y 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Medidas de hecho y el principio de subsidiariedad
- '.
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR