SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1864/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III.5. Sobre el ejercicio de la función pública
Con relación al ejercicio de la función pública, la Constitución Política del Estado, el art. 144.II, establecen los dos elementos constitutivos de la ciudadanía: “1. En concurrir como elector o elegible la formación y al ejercicio de funciones en los órganos del poder público; y, 2. En el derecho a ejercer funciones públicas sin otro requisito que la idoneidad, salvo las excepciones establecidas en la Ley”.
Al respecto la jurisprudencia constitucional estableció que: “Concretizando estos derechos y relacionados estrictamente a personas que mantienen una relación laboral con entidades públicas genéricamente denominados servidores públicos; podemos afirmar que ambos derechos concurrentes se preservan en tanto, el funcionario o trabajador cumpla con sus funciones acorde a las disposiciones de carácter interno y demás disposiciones del ordenamiento jurídico nacional, caso contrario se justifica la imposición de una sanción o en definitiva una desvinculación laboral con el único requisito de que esta medida sea adoptada previo proceso administrativo substanciado en el ámbito del debido proceso y de las garantías procesales” (SCP 0169/2012 de 14 de mayo, que a su vez citó a la SC 0980/2010-R de 17 de agosto).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- denegando
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el derecho al trabajo
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Sobre el derecho a la defensa
- III.5. Sobre el ejercicio de la función pública
- III.6. Sobre funcionarios interinos en la administración pública
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR