SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1875/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1875/2012

Fecha: 12-Oct-2012

a)

En audiencia, los abogados ratificaron los términos de la demanda ampliando señalaron que: a) Sus defendidos se encuentran con detención preventiva en merito a la Resolución 100/12 de 14 de febrero, emitida por el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, por supuestamente existir riesgo de fuga y peligro de obstaculización, conforme lo establecen los arts. 234.1 y235.2 de CPP. Sin embargo, cambiada su situación jurídica, y habiéndose recabado todos los requisitos establecidos en el CPP, el 5 de junio de 2012, solicitaron cesación a la detención preventiva, habiendo el Juez Segundo de Instrucción Penal, fijada la audiencia para el 19 del mismo mes y año, que fue suspendida para el 27 del referido mes y año; y, b) Debido al receso de las vacaciones judiciales, el proceso fue radicado en el Juzgado Sexto de Instrucción penal, y la audiencia fue suspendida de manera prepotente por la auxiliar de dicho juzgado.