Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1908/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III.3. Excusa de jueces y magistrados y sus efectos
De la disposición legal transcrita, se colige que el efecto de la excusa declarada legal del juez o magistrado que la formula, es su separación definitiva del conocimiento de la causa; por el cual su intervención posterior en actuaciones procesales, conlleva la nulidad de la misma, por estar expresamente determinado por ley.