SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2012

Fecha: 12-Oct-2012

i)

En el mismo sentido, Enrique Pérez Patón, en audiencia informó que; i) No es cierto que la accionante estaba privada de libertad, en su condición de Jefe de Operativos, su deber es coadyuvar en todas las labores y actuaciones legales que cumple la FELCC, bajo la dirección funcional del Fiscal adscrito a la materia; y, ii) Si evidentemente le preguntó a la accionante su nombre, era para saber a quién se estaba notificando, solamente cumplía una orden del Director que le llamó e instruyó dar cumplimiento a la citación, pero la accionante poniéndose sulfúrica e iracunda, no firmó dicha diligencia y menos la recibió, al contrario, ingresó a las oficinas del Director del FELCC, donde el propio Director, le señaló que al tratarse simplemente de una citación debía notificarse, pero salió vociferando, que no sabían con quien se metían, por lo que dio parte al Fiscal ahora demandado, por ser la autoridad que emitió la orden de citación; posteriormente salieron detrás de ella, pero en ningún momento le impidieron el paso, la detuvieron o la arrestaron, porque no tiene ningún interés personal en que firme la citación o deje de firmar, al contrario, la accionante le amenazó en quejarse a la prensa y hacerle dar de baja, cuando sólo trató de dar cumplimiento a una orden de citación, como funcionario de la FELCC, por lo que pide se haga justicia, como corresponde.