SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1927/2012

Fecha: 12-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

A horas 10:40 del 28 de agosto de 2012, a raíz de una denuncia hecha en su contra, por la presunto comisión del delito de extorsión, se constituyó en la FELCC, de la zona Sur, a objeto de presentar un memorial y cuando se retiraba del lugar, fue interceptada por el funcionario policial ahora demandado, quien vestido de civil y sin ser el investigador asignado al caso, pretendió hacerle firmar una supuesta notificación; luego apareció el Fiscal adscrito a la Dirección Nacional de Prevención y Robo de Vehículos (DIPROVE) y Tránsito, también demandado, quién del mismo modo, sin ser el encargado de la investigación, empezó a presionarla para que reciba la diligencia, a la que se negó. Debido a la insistencia y agresividad con la que actuaron los demandados, llamó inmediatamente a su abogada, quien telefónicamente le señaló a la indicada autoridad Fiscal, procedan con dicha diligencia conforme a procedimiento, por lo que decidió retirarse del lugar, pero en ese ínterin el aludido fiscal instruyó al Teniente y a otros policías, para que la detengan y no la dejen salir, hasta que reciba la diligencia, queriendo obligarla a firmar un papel que desconocía y manteniéndola detenida por más de veinte minutos, ofendiéndola como mujer y madre, a tal grado de que inclusive llamaron refuerzos en su contra, cuando todos ellos eran hombres y ella sola sin ninguna posibilidad de hacer nada y, de no haber sido por sus gritos de auxilio, de traer a la prensa para que vean como vulneraban su derecho de libre locomoción, la dejaron salir.