SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1966/2012
Fecha: 12-Oct-2012
denegó
La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante la Resolución 12 de 6 de enero de 2011, cursante de fs. 501 a 503 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: 1) La tramitación de un sumario administrativo interno cuya base fue la pérdida o sustracción de residuos de combustible no es el motivo de análisis de esta acción; porque, éste Tribunal no puede entrar a considerar hechos dudosos o controvertidos, sino más bien si en la sustanciación del sumario administrativo se han vulnerado disposiciones de rango constitucional; 2) En la audiencia, no se escuchó en ningún momento que los accionantes no hayan sido notificados con el inicio del sumario administrativo interno; sí fueron legalmente citados y emplazados para prestar su declaración, lo que demuestra que no se violó ninguna disposición; 3) Tampoco es evidente la conculcación de derechos cuando se refieren a su traslado a diferentes lugares del país, pues el Reglamento Interno de la empresa citada prevé esta situación; es así que éste Tribunal no encuentra que se haya vulnerado su derecho a la legítima defensa; y, 4) Los accionantes tuvieron todos los recursos a mano para hacer valer; el propio abogado de los mismos, manifestó que estuvo presente en las declaraciones.
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en las acciones de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR