SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1979/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1979/2012

Fecha: 12-Oct-2012

II.4.

II.4.  Por acta notarial que fue otorgada por Ysolde Heinrich Balcázar, Notaria de Fe Pública 2 de la ciudad de Trinidad, el accionante en compañía de su abogado se hicieron presentes, solicitando la transcripción del desenvolvimiento de la referida Sesión Ordinaria, referente a la gestión 2011, presentando la grabación en audio y video, los que fueron verificados por la Notaria quien procedió a realizar la transcripción de la cual se establece que la referida sesión se instaló el 4 de “enero” de 2011 a horas 11:43, donde procedió a llamar lista, y al evidenciar la existencia de quórum reglamentario se instaló la sesión; posteriormente, el Presidente manifestó que la Comisión de Constitución no presentó el informe sobre proyectos de ley remitidos con anterioridad al que se pretende considerar, corresponde declarar formalmente concluida la Sexta Sesión Ordinaria de la Asamblea Legislativa Departamental. Asumiendo la Presidencia la Primera Vicepresidenta, que por decisión de los asambleístas presentes, se continuó con el desarrollo de la sesión quienes procedieron con el orden del día sin tomar en cuenta el art. 5 del Reglamento Interno de Organización y Funcionamiento de la Asamblea Legislativa Departamental de Beni (fs. 109 a 114 vta.).