Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1980/2012
Fecha: 12-Oct-2012
Fragmento 5
setenta y dos horas, lo que se hace primero es buscar a los familiares para reinsertarlos a su hogares especialmente a la madre; empero, al momento ya se presentó la solicitud de acogimiento, el que ha sido dispuesto por la Jueza para que el niño ingrese al Hogar Virgen de Fátima, solicitando se le conceda el uso de la palabra a la trabajadora social de dicha institución, quien expresó que el niño fue abandonado, y al tener discapacidad porque no habla, solamente baila, debiendo recibir cuidados especiales, por lo cual ante la reincidencia en el abandono y descuido de los padres, se adoptó la decisión de que el niño sea acogido en el referido Hogar.
- acción de libertad
- I.1.1
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. Inaplicabilidad de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad en los casos que involucran a niñas, niños y adolescentes
- Fragmento 14
- III.3. El caso concreto
- CONFIRMAR