Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1988/2012
Fecha: 12-Oct-2012
III.3.2. Con relación al derecho a la salud
Con relación a la salud este Tribunal mediante la SC 0653/2010-R de 19 de julio y la SC 0026/2003-R de 8 de enero, estableció que: “…es el derecho en virtud del cual la persona humana y los grupos sociales - especialmente la familia - como titulares del mismo, pueden exigir de los órganos del Estado, en cuanto sujetos pasivos, que establezcan las condiciones adecuadas para que aquellos puedan alcanzar un estado óptimo de bienestar físico, mental y social y garanticen el mantenimiento de esas condiciones.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- .
- Fragmento 12
- III.2. Inamovilidad laboral de la madre en estado de gestación y de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad
- III.3.1. Sobre el derecho a la vida
- III.3.2. Con relación al derecho a la salud
- 'Garantizar el acceso de las personas a la educación, a la salud y al trabajo'
- III.3.3. Sobre el derecho al trabajo
- III.4.La seguridad jurídica en la Constitución Política del Estado
- III.5.
- CONFIRMAR