Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1995/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.2.
II.2. Ruth Yolanda Nina Juchani, al no haber sido notificada con el acta de 7 de octubre del mismo año, presentó memorial el 12 de octubre de 2010, (fs. 14), solicitando fotocopias legalizadas de las supuestas denuncias y de la referida acta, no obstante el 28 de octubre del señalado año reiteró la misma solicitud; que fue respondida el 3 de noviembre del citado año, por Eulogio Pachajaya Aniñapa, Vicepresidente de la referida asociación, quien manifestó que no tienen el acta señalado y que falta su aprobación, por lo que no pueden facilitársela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandas
- 1)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. En cuanto al debido proceso
- III.3. Respecto al derecho al trabajo
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR