Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0002/2012-RQ
Fecha: 05-Nov-2012
RECHAZAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Plena resuelve: RECHAZAR el recurso de queja presentado por Juvenal Filipps, por no ser aplicable el Código Procesal Constitucional; en virtud a que la causa se inició y tramitó con la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional y no así con el Código Procesal Constitucional norma que contempla el antes aludido recurso de queja.
- I.1. Rechazo del recurso directo de nulidad por la Comisión de Admisión
- I.2. Síntesis de la solicitud de parte
- II.1. Respecto a la vigencia del Código Procesal Constitucional
- II.2. El recurso de queja consagrado en el Código Procesal Constitucional
- 1 de agosto de 2012
- aquella norma es aplicable al caso de autos conforme establece la disposición segunda del Acuerdo Jurisdiccional 007/2012 de 10 de agosto
- RECHAZAR