Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0153/2012-RCA-SL
Fecha: 30-Nov-2012
Fragmento 1
En revisión la Resolución 360/2011 de 31 de octubre, cursante a fs. 488 a 490 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Mary Narda Mireya Heredia Vargas en representación legal de Lucia Fuentes Nina contra Freddy Torrico Zambrana, Amalia Morales Rondo, Rodolfo Mérida Rendón y Saúl Enrique Cortez Romero, ex Consejeros del Consejo de la Judicatura ahora -Consejo de la Magistratura-; Lía Cardozo Veizán, Jeannette Bailey Aramayo, Jorge Luis Antequera Bernal, Presidente y Vocales respectivamente del Tribunal Sumariante Disciplinario; Sonia Aurora Pari Amusquivar, Abogada Investigadora todos de la Unidad de Régimen Disciplinario del Distrito Judicial de La Paz.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- denegó”
- II.1.
- II.2. Causales de improcedencia de la acción de amparo constitucional
- improcedencia
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados…
- II.4. Análisis del caso concreto
- “deniega”
- POR TANTO