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    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2012-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0165/2012-RCA-SL

    Fecha: 30-Nov-2012

    POR TANTO

    La Comisión de Admisión de la Sala Liquidadora Transitoria del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 20.I y II de la Ley 212 de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve:

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • a)
    • improcedencia in limine
    • II.1.    Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • III.2. El carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional tiene su excepción, en razón a la necesidad de protección inmediata que requieren algunos derechos constitucionales
    • II.3.  Revisión de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías
    • contencioso administrativo previsto por el art. 125.II de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), no constituye una exigencia previa para la interposición del recurso de amparo constitucional; es decir, no es aplicable el principio de subsidiaridad de este recurso extraordinario
    • POR TANTO

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