AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0204/2012-RCA

Fecha: 27-Nov-2012

II.3. Análisis del caso concreto

         El Tribunal de garantías por Resolución de 25 de octubre de 2012, declaró la improcedencia in limine la acción de amparo constitucional bajo el fundamento que, el accionante no precisa los domicilios de los demandados, ex servidores públicos Liliana Chávez de la Rosa, Ramiro Andrés Núñez García y Mario Igor Luna Robles, ex Responsables Departamentales de Recursos de Alzada de Potosí, por lo que no se dio estricto cumplimiento al art. 77.2 de la LTC.

Es menester señalar que, el Tribunal de garantías sustenta su Resolución en la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, siendo que debió aplicar el Código Procesal Constitucional que entró en vigencia el 6 de agosto de 2012, conforme a la disposición transitoria primera del referido cuerpo normativo.