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    AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2012-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2012-RCA

    Fecha: 29-Nov-2012

    Fragmento 7

            Conforme prevé el art. 128 de la CPE: “La Acción de Amparo Constitucional tendrá lugar contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley”.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.4. Resolución del Tribunal de garantías
    • rechazó in limine
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
    • Fragmento 6
    • Fragmento 7
    • II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • II.3.
    • demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna
    • Fragmento 11
    • II.4.
    • CONFIRMAR

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