Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2012-RCA
Fecha: 29-Nov-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicitó tutela de sus derechos a la defensa, al debido proceso y a la “seguridad jurídica”; sin embargo, al haberse rechazado in limine la acción de amparo por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y del Código Procesal Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3.
- demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna
- Fragmento 11
- II.4.
- CONFIRMAR