AUTO CONSTITUCIONAL 0207/2012-RCA
Fecha: 29-Nov-2012
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 19 de octubre de 2012, cursante de fs. 169 a 177 vta., el accionante manifestó que, sus mandantes son propietarios de vehículos automotores, y amparados en la Ley de Saneamiento Legal y Nacionalización de Vehículos Indocumentados, realizaron los respectivos trámites para lograr la nacionalización de los mismos; empero, fueron sorprendidos con Resoluciones Sancionatorias, dictadas por el Administrador de la Aduana Interior a.i., en virtud a las cuales, se declaró probada la comisión de la contravención aduanera de contrabando, disponiendo el decomiso definitivo de sus motorizados.
Refiere que, contra las citadas Resoluciones Sancionatorias, el 23 de febrero de 2012, amparados en los arts. 143, 198 y 202 del Código Tributario Boliviano (CTB), plantearon recurso de alzada, que fue rechazado por Resolución de 1 de marzo del mismo año, porque supuestamente fue presentada fuera de plazo, contra el que formularon recurso de revocatoria, que también fue rechazado, por lo que interpusieron recurso jerárquico.
Argumenta que, dentro del trámite para la legalización de sus autos “chutos” debió, aplicarse la Ley de Procedimiento Administrativo y en consecuencia el término de distancia, tomando en cuenta que sus representados no tienen su domicilio en el lugar donde se encuentra la Dirección Departamental; es así que, el rechazo de sus recursos vulneró sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la “seguridad jurídica”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3.
- demostrar esa vinculación entre la autoridad o particular demandado y el acto que impugna
- Fragmento 11
- II.4.
- CONFIRMAR