Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0844/2012-CA
Fecha: 07-Nov-2012
Fragmento 3
Señala que, el art. 3.I y III del DS 29802 es ilegal e inconstitucional al imputar a una persona la responsabilidad por conducta de terceras personas y con la agravante que la sanción será la confiscación de la propiedad rural al actual propietario. Y mencionando el art. 6 del mismo Decreto Supremo refiere que, no puede ejecutarse como parte del proceso de saneamiento de la propiedad rural por tratarse de cuestiones ajenas al procedimiento técnico jurídico transitorio, para regularizar el derecho propietario.
- Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Fragmento 3
- a)
- rechazó
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- i)