Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0858/2012-CA
Fecha: 16-Nov-2012
Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz,
En consulta la Resolución de 28 de marzo de 2009, cursante a fs. 8 y vta., pronunciada por el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad actual -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Ángel Agreda Pereira, demandando la inconstitucionalidad del art. 490.III del Código de Procedimiento Civil (CPC), por presuntamente infringir los arts. 8.II, 117, 119.II, 178.I y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz,
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- II.5. Análisis de los requisitos de admisión
- APROBAR