AUTO CONSTITUCIONAL 0861/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0861/2012-CA

Fecha: 22-Nov-2012

rechazó

Por Resolución 01 de 5 de enero 2011, el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz rechazó la solicitud de promover recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad -ahora acción de inconstitucionalidad concreta- suscitada, con el siguiente fundamento: El art. 264 del CF impugnado, no transgrede el art. 64.I de la CPE, pues una persona que cursa sus estudios no tiene la capacidad suficiente para auto sostenerse, así lo reconoce el art. 17 de la Norma Constitucional que reconoce que toda persona tienen derecho a recibir educación en todos los niveles, de manera universal, productiva, gratuita, integral e intercultural, sin discriminación; con relación al art. 144.I de la CPE, presuntamente vulnerada, ésta se refiere a la mayoría de edad, por lo que no corresponde pronunciarse al respecto.