Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0862/2012-CA
Fecha: 22-Nov-2012
I.2. Respuesta a la acción
Corrido en traslado al Rector de la UMRPSFXCH, quien contestó mediante nota OF. RECT. 0750 de 2 de octubre de 2012 (fs. 19), indicando que, el accionante incumplió el art. 109 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), al incurrir éste en un error técnico jurídico por plantear la acción de inconstitucionalidad concreta, sin encontrarse sometido a proceso judicial o administrativo alguno.
- Decana de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Mayor, Real y Pontificia de San Francisco Xavier de Chuquisaca (UMRPSFXCH)
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción
- II.
- Fragmento 7
- II.3. Análisis del caso en consulta
- RATIFICAR