SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2090/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2090/2012

Fecha: 08-Nov-2012

concedió

La Jueza Segunda de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Jueza de garantías, pronunció Resolución 18/20012 de 30 de agosto, cursante de fs. 37 a 38, por el cual concedió la tutela solicitada, con el siguiente fundamento: a) Refiere que fue ilegal la detención del accionante, por cuanto en la sentencia dictada dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marcos Rocha Ojeda contra Flora Flores García y Franklin Damián Tarifa Flores por la presunta comisión del delito de estafa, en la parte resolutiva de la Sentencia de 8 de febrero de 2006, se dispuso que corresponderá expedir mandamiento de condena en ejecución de sentencia, una vez que se encuentre ejecutoriada la misma; b) De la certificación emitida el 18 de julio de 2012, por el Secretario Abogado del Juzgado Tercero de Sentencia Penal, refiere que devuelto obrados de la Sala Penal Segunda de la “Corte Suprema de Justicia”, no se solicitó ni se dictó Auto de ejecutoria; c) No se cumplió con la determinación asumida por la autoridad demandada en la Resolución 01/2006 de 8 de febrero de 2006, incurriéndose en una detención indebida; y, d) El certificado emitido por el Secretario Abogado del Juzgado Tercero de Sentencia Penal de 18 de julio de 2012, es posterior al mandamiento de captura emitido por el Juez Primero de Ejecución Penal de El Alto, lo cual es de 15 de junio de 2012, y ejecutado el 20 de junio del mismo año, por lo que señaló que se incurrió en una detención indebida.