SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2214/2012
Fecha: 08-Nov-2012
a)
También, el denunciante es un sujeto particular y no se refiere al funcionario a quien se le estuviere estorbando o impidiendo ejercer sus funciones, por lo que tiene los siguientes defectos: a) El denunciante no señaló específicamente quién sería víctima del delito; b) No precisó sobre su específica participación del ahora accionante, indicando en la relación de hechos que junto a otros planteó varias recusaciones, siendo que únicamente acudió a una audiencia de recusación para fundamentar, además sostiene que presentó acciones de amparo constitucional, siendo que no interpuso ninguna contra ese Tribunal; c) En el otrosí tercero, señaló que ante el Juzgado de Sentencia en lo Penal de Achacachi se está llevando una acción contra los Jueces codemandados, siendo ello falso asimismo un informe presentado y firmado por el demandado Marco Antonio Amaru Flores, sin fecha y en el cual ni siquiera se le menciona, lo que desea probar es que se admitió una denuncia en su contra invocando pruebas donde jamás participó; y, d) Se incorporó un decreto de 24 de junio de 2010, firmado por David Rivas Gradin, sin observar el art. 128.1 y 2 de la Ley 025 de 24 de junio de 2010.
La admisión de una denuncia irregular y de pruebas que violan tratados internacionales respecto a su participación como abogado violentan el principio de secreto profesional, siendo que el abogado en ejercicio es inviolable por las opiniones que emita en sus defensas o alegatos ante las autoridades, no pudiendo ser molestado, perseguido, detenido ni procesado, toda vez que por su actuación no puede pretenderse procesarle.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances
- III.2. Acción de libertad tutela lesión al debido proceso cuando esté directamente vinculado al derecho a la libertad física y de locomoción
- 1)
- i)
- APROBAR