Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 2219/2012
Fecha: 08-Nov-2012
II.4.
II.4. Mediante memorial de 11 de junio de 2012, dirigido al Juez de Instrucción de turno en lo Penal, el Fiscal de Materia de Quillacollo, informó el inicio de investigaciones y diligencias preliminares seguida por el Ministerio Público a denuncia de Marcos Fernando Choque Mamani contra “Ignacio NN, Víctor Hugo NN” y Fernando Flores Siles, por el delito de hurto, previsto y sancionado en el art. 326 del CPP (fs. 22).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. Sobre la legitimación pasiva en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR