Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2241/2012
Fecha: 08-Nov-2012
como de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad.
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en la SCP 0086/2012 de 16 de abril, ha establecido: “Del nuevo orden constitucional, se infiere su particularidad de disciplinar políticas a favor de sectores vulnerables que necesitan de una protección reforzada por parte del Estado, que debe procurar la validez plena y efectiva de sus derechos; es así que, como valores estructurales del Estado Plurinacional de Bolivia, la 'igualdad' y la 'justicia' sustentan la matriz axiológica a partir de la cual el constituyente boliviano diseñó políticas afirmativas a favor de la mujer trabajadora en estado de gestación y lactancia, como de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Inaplicabilidad del principio de subsidiariedad en caso de padres con hijos menores a un año
- III.2. De la inamovilidad funcionaria establecida en la Constitución Política del Estado y otras normas como el DS 0012 de 19 de febrero de 2009
- como de los progenitores, hasta que la hija o el hijo cumplan un año de edad.
- y de los progenitores
- Sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo precedente
- a efectos de garantizar y precautelar los derechos de carácter primario
- III.3. Análisis del caso concreto
- un derecho constitucional la inamovilidad de la fuente laboral
- conceder la tutela solicitada sobre el derecho a la inamovilidad laboral que le asiste al accionante
- CONFIRMAR