Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2305/2012
Fecha: 16-Nov-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución de 9 de mayo de 2011, cursante de fs. 67 a 69, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Raúl Marquez Lazcano en representación sin mandato de Jorge Rolando Cervantes Sánchez contra Marco Antonio Fajardo Montaño, Juez Tercero de Partido de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- improcedencia
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- tiene por objeto garantizar, proteger o tutelar los derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación
- III.2. La acción de libertad y su protección por procesamiento indebido
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR