Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2307/2012
Fecha: 16-Nov-2012
II.7
II.7. Memorial presentado el 14 de marzo de 2011, por Roberto Flores Condori, solicitando cesación de detención preventiva dirigido al Juez de Instrucción en lo Penal de El Alto y el correspondiente Auto motivado de 22 de marzo de 2011 rechazando la cesación de detención preventiva quedando firme y subsistente la Resolución 39/2011 de 5 de febrero (fs. 43 y vta. y de 46 a 47 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- “deniega”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- el carácter correctivo, tiene por objeto evitar se agraven las condiciones de una persona detenida, sea en virtud de una medida cautelar o en cumplimiento de una pena impuesta en su contra; y el carácter reparador, pretende reparar una lesión ya consumada,
- III.2. La acción de libertad con referencia al principio de subsidiario y su excepción.
- III.3. Alcance y ámbito de medidas cautelares
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR