SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2324/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2324/2012

Fecha: 16-Nov-2012

I.2.2. Informe de la autoridad demandada

Carlos Guerrero Arraya, Juez Primero de Instrucción en lo Penal ahora demandado, en audiencia señaló: 1) Ese proceso a raíz de una recusación radicó temporalmente en el Juzgado a su cargo; 2) Consecuentemente la medida cautelar sustitutiva a la detención preventiva fue resuelta por otra autoridad; 3) Posteriormente el accionante en dos oportunidades se limitó a pedir mandamiento de libertad y la tercera vez recién solicitó modificación de medidas cautelares señalándose audiencia para tal efecto; 4) En cuanto al sobreseimiento no mereció pronunciamiento del entonces Fiscal de Distrito, ya que dicha resolución podía ser impugnada, en el presente caso no se cumplió con lo estipulado por el art. 324 del CPP; y, 5) El accionante en los lineamientos ofrecidos se refirió a casos de detención preventiva, pretendiendo que se libre mandamiento de libertad sin pedir modificación de medidas cautelares y sin considerar que se trata de detención domiciliaria, una medida sustitutiva a la detención preventiva.