SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2336/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2336/2012

Fecha: 16-Nov-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 31 de diciembre de 2007, el Coordinador de Sustancias Controladas de la Fiscalía del Distrito de Santa Cruz, interpuso una denuncia contra su representada ante la Inspectoría General del Ministerio Público, sindicándole que en su condición de Fiscal de Materia y en el ejercicio de sus funciones, no habría interpuesto Recurso de apelación incidental contra una resolución que declaró extinguida la acción penal por duración máxima, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Primitiva Coria Paniagua; el 30 de mayo de 2008, se dictó el Auto de apertura de investigación disciplinaria en su contra, por la presunta comisión de falta muy grave de incumplimiento doloso de plazos procesales; el 19 de marzo de 2010, la Fiscal de Distrito a.i. de Santa Cruz, pronunció la Resolución 02/2010 de 19 de marzo, imponiéndole la sanción de destitución y retiro de la carrera Fiscal, con el fundamento que se habría demostrado que su representada, no cumplió con interponer el recurso de apelación contra la Resolución que declaró extinguida la acción penal, subsumiéndose ese acto en falta muy grave.

El 5 de abril de 2010, la referida Resolución fue apelada, con el argumento entre otros, que se estaría violando el principio de legalidad, al haber sido procesada por un hecho que no constituye falta, porque no existe ninguna disposición legal que obligue a un Fiscal de Materia, apelar de manera forzada toda Resolución; el 2 de junio de 2010, el Tribunal Nacional de Disciplina del Ministerio Público, resolvió el recurso y pronunció la Resolución T.N.D.026/2010 de 2 de junio, confirmando en todas sus partes la Resolución 02/2010 manteniendo incólume la sanción de destitución y retiro de la carrera Fiscal, habiéndole notificado recién el 16 de agosto de 2010.