SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2346/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2346/2012

Fecha: 16-Nov-2012

1)

Juan Domingo Ferrufino Encinas y Gregorio Orosco Itamari, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Oruro, mediante informe escrito, cursante a     fs. 14 y vta. señalaron lo siguiente: 1) El actuado judicial correspondiente a la audiencia de apelación incidental de medidas cautelares de 24 de enero de 2011, fue convocado cumpliendo las formalidades legales, conforme consta en obrados; y, 2) Se procedió a la notificación por cédula a los dos abogados del accionante, en sus domicilios procesales por cuanto las notificaciones de audiencia de medidas cautelares en grado de apelación no son personales, siendo obligatoria y personal únicamente las previstas en el art. 163 del CPP.