SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2381/2012
Fecha: 22-Nov-2012
III.3. Análisis del caso concreto
En el caso en examen, el accionante alega que las autoridades demandadas vulneraron el derecho a la libertad de su representado, al haber desplegado en su contra una persecución indebida, sometiéndolo a un indebido proceso, pues de manera arbitraria se lo declaró rebelde y se dispuso una medida precautoria contra su inmueble, finalmente porque los representantes del Ministerio Público, dieron curso a una falsa denuncia.
Del sistema de archivo con el que cuenta este Tribunal, se advierte que el 4 de marzo de 2009, Franz Edwin Gonzales Omonte interpuso un recurso de habeas corpus contra Alfredo Cabrera Camacho, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial; Elizabeth Lineth Tapia Patiño y Juan Luis Ledezma Miranda, Jueces Técnicos del Tribunal Primero de Sentencia Penal, contra “los dos jueces ciudadanos” del citado Tribunal, todos de la entonces Corte Superior; Lourdes Llanos Rivera, Cynthia Prado Quiroga y Juan Pedro Ortuño Agreda, Fiscales de Materia; Jenny Calderón Aldunate y Marco Antonio Fernández Ojopi, ex Subregistradora y Subregistrador, respectivamente, de Derechos Reales (DD.RR.), del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, “recurso” que fue resuelto por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia del mismo departamento, mediante Resolución de 10 de marzo de 2009, declarando la “improcedencia del recurso” y en revisión, mediante SC 0048/2011-R de 7 de febrero, emitida por el Tribunal Constitucional, se aprobó y denegó la tutela demandada
Así, vistos tales antecedentes; se tiene en primer lugar que: con relación a la parte accionante, tanto en el anterior “recurso de hábeas corpus” como en la presente acción de libertad, la persona que demanda la tutela de sus derechos y garantías resulta ser Franz Edwin Gonzales Omonte, con la única diferencia en esta acción, de estar representado por su hermano Epifanio Gonzales Omonte; hecho que acredita que se trata de la misma persona, o como en la jurisdicción constitucional se lo denomina el sujeto activo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- III.1. Naturaleza jurídica, ámbito de tutela de la acción de libertad
- III.2. Sobre la identidad de sujeto, objeto y causa en la acción de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- Elizabeth
- CONFIRMAR