Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2433/2012
Fecha: 22-Nov-2012
II.11.
II.11. Acta de audiencia de consideración de cesación de detención preventiva efectuada en Sacaba el 12 de julio de 2011, en la que el Juez Segundo de Partido Mixto y de Sentencia Penal de Sacaba, señala que no estando acreditada la representación legal del menor con los presuntos abuelos no podría llevarse a cabo una audiencia que podría ser nula conforme previene el art. 230.4 del CNNA; en cuanto a la formulación del incidente de nulidad de obrados, no se puede cambiar el objeto de la audiencia, misma que fue dada para la consideración de medidas cautelares (fs.51 a 52).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.8.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y alcance de la acción de libertad
- no es aplicable a los supuestos en los que menores de 16 años, considerados menores infractores, se vean involucrados en la presunta comisión de delitos, por cuanto en correspondencia con el régimen especial de protección y atención que el Estado y la sociedad deben garantizar a todo niño, niña y adolescente, éstos se hallan bajo la protección y regulación de las disposiciones del Código Niño, Niña y Adolescencia, cuyas normas son de orden público y de aplicación preferente; que a diferencia de las normas previstas por el Código de Procedimiento Penal, no existe un medio de impugnación expedito e inmediato contra las resoluciones que restrinjan la libertad del menor detenido; en cuyo mérito, corresponde ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- Fragmento 11
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 2°
- 3º