SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2436/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2436/2012

Fecha: 22-Nov-2012

Fragmento 1

El abogado del accionante se ratificó in extenso en los fundamentos de acción planteada y la amplía argumentando que: lo relevante de la acción de libertad es que la demandante señaló como domicilio real del demandado la av. Huayacán, zona Sud, sin precisar el número de la casa ni de calles adyacentes y que ninguna actuación se cumplió en ese domicilio real; porque el demandado, fue notificado con el Auto de admisión de la demanda, en oficinas del juzgado.