SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2466/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2466/2012

Fecha: 22-Nov-2012

denegó

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, por Resolución de 25 de julio de 2012, cursante de fs. 36 a 37 y vta., denegó la tutela impetrada, en base a los siguientes fundamentos: a) El expediente de consideración del incidente de libertad condicional se encuentra radicado en el Juzgado primero de Ejecución Penal de la ciudad de La Paz, habiéndose dictado la Resolución 182/2012 de 23 de julio, concediendo a la accionante el referido beneficio, llevándose a cabo toda la actuación el 23 señalado mes y año; dicha Resolución dispuso que la ahora accionante debe residir en el domicilio ubicado en la calle Porvenir 922 de la ciudad de La Paz, así como el cumplimiento de determinadas condiciones para hacer viable su libertad, entre ellas la presentación de un garante que asegure que la imputada o condenada, deba presentarse las veces que sea requerida; b) La autoridad judicial expidió mandamiento de libertad condicional, conforme se desprende del informe evacuado por la Secretaria Abogada, el mismo que se encuentra actualmente en la Central de Notificaciones; c) La libertad condicional es una medida alternativa a una pena privativa de libertad y es posible otorgar dicho beneficio cuando se cumplen ciertos requisitos establecidos en la ley que le permiten al condenado por un delito, cumplir la sanción penal en libertad, figura contemplada en nuestro sistema legal; y, d) La accionante debe someterse a los requisitos exigidos por el órgano jurisdiccional, en razón de estar beneficiada con la libertad condicional y no así de la libertad pura y simple, porque contra la misma pesa una pena ejecutoriada.