AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0174/2012-RCA-SL

Fecha: 13-Dic-2012

rechazó in limine

Por Resolución 103 de 28 de agosto de 2011, cursante de fs. 59 a 61, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, rechazó in limine la acción de amparo constitucional, con los fundamentos de que los accionantes no cumplieron con los dos elementos de la causa a pedir, las cuales son: el elemento fáctico, consistente en exponer los hechos que sirvan de fundamento y el elemento normativo; es decir, los derechos y garantías  presuntamente lesionados, además de que los mismos no expresaron de manera clara y específica la relación de causalidad entre el hecho y la lesión causada.

Con la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, se notificó de manera personal en Secretaría de Cámara a tres de los accionantes, de acuerdo al siguiente detalle a: Modesta Elena Ardaya, el 26 de marzo ( fs. 63), Teresa Ardaya Justiniano, el 24 de Julio (fs. 63) y Ángel Alfonso Ardaya Justiniano, el 27 de agosto (fs.65) a todos de 2012, quienes impugnaron por memorial presentado de 30 del mismo mes y año (fs. 83 a 87 vta).