AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0175/2012-RCA-SL

Fecha: 13-Dic-2012

en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna, así como en el principio de celeridad

          Estos presupuestos de improcedencia están destinados en el sentido de la ley, a evitar que los accionantes y el Tribunal de garantías tengan que desplegar una actividad procesal que previsiblemente concluirá con una resolución final de improcedencia, con las consecuencias indeseables que tal situación conlleva para el accionante y los órganos de la jurisdicción constitucional, razonamiento que al presente se basa en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna, así como en el principio de celeridad contenida en los arts. 115.II y 178.I de la CPE.