Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0890/2012-CA
Fecha: 07-Dic-2012
3.
3. Poner el presente recurso de inconstitucionalidad en conocimiento de Juan Evo Morales Ayma, Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, como representante del órgano que generó la norma impugnada de conformidad a lo dispuesto por el art. 64.III de la Ley del Tribunal Constitucional, a efectos de su apersonamiento y formulación de informe en el plazo de quince días.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- i)
- iii)
- 3.