Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0890/2012-CA
Fecha: 07-Dic-2012
i)
i) El accionante interpone el incidente de inconstitucionalidad dentro de un proceso de saneamiento, señalando como norma legal cuestionada del art. 367 inc. b) del DS 29215, por presuntamente infringir los arts. 2, 7 inc. a), 166 y 228 de la CPEabrg y 1, 7, 11, 12, 115, 397.I y III y 410 de la CPE, argumentando que la disposición legal será aplicada a momento de resolver el proceso administrativo de saneamiento al derecho propietario rural en la modalidad de Tierra Comunitaria de Origen denominada “TCO Alto Parapeti”.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- i)
- iii)
- 3.