Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0890/2012-CA
Fecha: 07-Dic-2012
Fragmento 1
En consulta la Resolución de 30 de noviembre de 2009, cursante de fs. 10 a 13, pronunciada por el Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA), por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad actual -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesta por Lino Amachuy Mostacedo, demandando la inconstitucionalidad del art. 367 inc. b) del Decreto Supremo (DS) 29215 de 2 de agosto de 2007, por presuntamente infringir los arts. 2, 7 inc. a), 166 y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg) y 1, 7, 11, 12, 115, 397. I y III y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de la parte
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- II.4. Requisitos de admisibilidad
- i)
- iii)
- 3.